El abogado leridano Xavier Prats, director de Prats Advocats, valora en el programa Diari de Nit, de Lleida TV, las posibles afectaciones y consecuencias derivadas de la nueva medida aplicada por parte de la Generalidad de Cataluña, en cuanto a la reducción en el pago del 50% del alquiler para los establecimientos que se han visto obligados a cerrar como medida de prevención para evitar la propagación de la Covid-19.
El director del despacho de abogados Prats Advocats plantea sus dudas sobre cómo puede afectar esta nueva situación, que rompe, en cierta medida, con el principio del código civil, a los pequeños propietarios de locales.
Esta reducción, se enmarca en una serie de ayudas anunciadas por la Generalitat de Cataluña, mediante el Decreto Ley 34/2020, de 20 de octubre, de medidas urgentes de apoyo a la actividad económica desarrollada en locales de negocio arrendados, para tratar de mitigar los efectos causados a los arrendatarios de locales comerciales cerrados o con el uso limitado por las medidas contra la Covid-19. Entre otras, la Generalitat ha anunciado un paquete de ayudas de cuarenta millones de euros, nuevas líneas de créditos o la obligación de rebajar al 50 por ciento los alquileres, una medida que se deberá enmarcar a través de una cláusula en el ordenamiento jurídico que permita cambiar las condiciones de los contactos.

Decreto Ley 34/2020, de 20 de octubre, de medidas urgentes de apoyo a la actividad económica desarrollada en locales de negocio arrendados.
Los negocios cerrados por la Covidien-19 pagarán la mitad del alquiler
Los arrendatarios de locales comerciales cerrados o con el uso limitado por las medidas contra la Covid-19 podrán renegociar el precio de los alquileres. El Consejo Ejecutivo ha aprobado un decreto ley que faculta a los titulares de los negocios para iniciar una negociación con los propietarios de los inmuebles para establecer, de mutuo acuerdo, una rebaja del importe de la mensualidad.
Rebaja del 50% en los establecimientos cerrados
- Si el acuerdo entre las partes es imposible, la nueva norma fija que el importe del alquiler de los negocios cerrados quedará automáticamente rebajado al 50%, a contar desde el día que el inquilino haya notificado la voluntad de negociar.
- Con las restricciones en vigor, esta medida afecta bares, restaurantes, gimnasios, centros de estética, bingos, casinos, salas de juego y ludotecas.
Reducción del precio en los negocios en funcionamiento parcial
- En las actividades parcialmente restringidas, si no hay acuerdo para la revisión temporal del alquiler, la rebaja de la cuota también será del 50% de la parte desaprovechada. Es decir, que si un negocio tiene el aforo limitado a la mitad, el titular deberá pagar la totalidad del alquiler de la mitad de la que sí puede sacar rendimiento, pero sólo pagará el 50% de la parte restringida por las medidas sanitarias.
- Según las restricciones actuales, entre los negocios con el aforo o los horarios parcialmente afectados hay teatros, comercios, tiendas de 24 horas y hoteles.
Exclusión de los productos para llevar y del envío a domicilio
A los efectos de esta norma, la venta de producto para llevar y el envío a domicilio no se tienen en cuenta. Por ejemplo, si este es el único servicio que puede ofrecer un restaurante, el decreto ley considera que el negocio está cerrado y que la reducción de la cuota del alquiler debe ser igualmente del 50%




