Esta noche, nuestro abogado Marc García, especializado, entre otras áreas, en derecho bancario, volverá a ponerse delante de las cámaras de Lleida TV para participar en el programa magacín A Diari (en el apartado Els Consells de Prats Advocats) dirigido por el periodista Santi Roig, para hablarnos sobre diferentes aspectos vinculados con los «peligros» derivados del uso de las llamadas tarjetas revolving; así como otras cuestiones como las ejecuciones hipotecarias, el código de buenas prácticas, novación moratoria y de intereses, subrogación hipotecaria hipoteca fija.
Cada día son más numerosas las sentencias que dan la razón a los consumidores con contratos de tarjetas revolving, al considerar que las entidades financieras, emisoras de este tipo de tarjetas, en muchos casos están aplicando intereses usurarios, no han explicado los contratos de una forma correcta y transparente o bien están aplicando cláusulas abusivas.
¿Qué son las tarjetas revolving?
Las tarjetas Revolving son un tipo de tarjetas de crédito, cuya particularidad es que las compras, las disposiciones en efectivo, etc. se pagan a plazos. La principal “ventaja”, aparentemente, es que tú decides cuánto quieres abonar periódicamente. Por lo general pagas una cuota fija, que suele ser baja, o un porcentaje de la deuda pendiente. Básicamente, estas tarjetas de crédito bancario se pueden utilizar como lo hacemos con otro tipo de tarjetas para realizar compras, retirar dinero del cajero, transferencias, etc… pero, como hemos dicho, con la particularidad de que las operaciones se pagan a plazos. A medida que vayamos haciendo cargos y según los vayamos reponiendo, el crédito de nuestra tarjeta revolving vuelve a estar disponible.
¿Dónde radica el problema?
Mayoritariamente, los usuarios de este método de pago/crédito pagan una cuota fija cada mes, que suele ser baja, o un porcentaje de la deuda pendiente- y aunque esta característica parezca un buen motivo para hacer uso de esta tarjeta, el contrato de la misma no está exento de “letra pequeña”, ya que las cuotas de reposición del crédito conllevan unos intereses muy elevados y desproporcionados que pueden poner en riesgo la economía de quien las contrate, convirtiéndolo, en algunos casos, en un deudor “cautivo”.
En la mayor parte de los casos, las personas que suelen manejar estas tarjetas revolving acaban inmersas en una verdadera espiral de deudas de la cual es muy complicado salir, si no es gracias al asesoramiento experto y acompañamiento de un equipo de profesionales de la abogacía como Prats Advocats.
Al final, la realidad de este tipo de tarjetas es que funcionan como microcréditos y aplican unos intereses muy altos, en torno a un 25%, aunque el porcentaje puede variar dependiendo de las cuotas establecidas y, como consecuencia, el cliente puede acabar pagando el triple del crédito solicitado.
¿Qué puedo hacer si el banco me ha demandado por impago de cuotas de una tarjeta revolving o un micropréstamo?
En primera instancia, lo aconsejable es contactar con un despacho de abogados/as para obtener un asesoramiento legal profesional y especializado en la materia. Las posibilidades de solucionar el problema son reales y, en ciertos casos, podremos oponernos a la reclamación, diferenciando el tipo de procedimiento interpuesto ordinario, verbal monitorio. También podremos solicitar la nulidad de los intereses
¿Qué puedo reclamar?
Podrás reclamar la nulidad del contrato de estas tarjetas y la devolución del exceso de intereses pagados. En caso de que el dinero pagado sea superior al prestado podrás reclamar vía judicial la nulidad del contrato y el exceso de capital más los intereses, el seguro y las comisiones cobradas.
En caso de que todavía no hayas terminado de resolver la deuda del crédito podrás reclamar judicialmente la nulidad del contrato de la tarjeta y la devolución de los intereses, seguro y comisiones; y abonar a las entidades financieras el capital prestado que te quede por pagar.
En Prats Advocats le ayudaremos en su reclamación vía judicial o bien negociando un acuerdo con su entidad financiera.
¿Qué documentación necesito?
Necesitaremos los recibos o liquidaciones, que habrás recibido por correo o a través de la plataforma on line. Si no los tienes en tu poder, nosotros te ayudaremos a conseguirlos. Por otro lado, aunque no sea necesario en todos los casos, necesitaremos el contrato de la tarjeta, si es preciso y no lo tienes, gestionaremos su petición.
Prudencia a la hora de contratar sus productos de crédito
Uno de los mejores consejos a la hora de contratar un producto de crédito es la prudencia y apostar por un consumo responsable y reflexivo. Por otra parte, es muy necesario que antes de contratar cualquier tipo de producto nos informemos correctamente, incluida la letra pequeña, de sus condicionantes; esta prevención nos evitará sustos y posibles situaciones de sobre endeudamiento o desestabilización de la economía familiar.
Si nos encontramos en la necesidad de contratar algún crédito es muy importante dedicar un poco de nuestro tiempo a conocer los diferentes productos existentes en el mercado y compararlos, poniendo en valor sus pros y sus contras, necesitamos hacernos con información fidedigna para saber al detalle condiciones de contratación, especialmente en cuanto a comisiones, gastos, tipos de interés y formas de pago; una información que nos tendrán que facilitar, de forma gratuita, las entidades proveedoras de estos créditos.
La información sobre las condiciones de contratación de los productos de crédito debe ser clara, oportuna, suficiente, objetiva y no engañosa y las entidades financieras deben entregarla con la antelación necesaria, en función del tipo de contrato u oferta, y en todo caso antes de tomar la decisión de contratar. Antes de estampar nuestra firma en algún contrato es necesario examinar muy bien todos los detalles del mismo, si durante su lectura tenéis alguna consulta no dudéis en preguntar, si no obtienéis una respuesta satisfactoria no firméis hasta resolver todas sus dudas.
Cualquier incumplimiento se puede denunciar ante la Agencia Catalana del Consumo con el formulario web de denuncia y en el Servicio de mediaciones del Banco de España.
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