¿Qué podemos hacer como propietarios de un piso o un local ante el impago del alquiler?
10 May, 2015

Hasta hace no mucho, tener una propiedad alquilada era un activo que, a priori, comportaba unos ingresos recurrentes y periódicos para su propietario; sin embargo, debido al actual contexto socioeconómico, cada vez son más las familias o empresarios que no pueden hacer frente al pago del alquiler del piso donde viven o el local donde desarrollan su actividad empresarial, por lo que esta vía de ingresos se ve frustrada porque el inquilino deja de pagar la mensualidad.

Sin duda, esta es una situación que actualmente preocupa a muchas familias, que cuentan con estos ingresos extraordinarios.

El desconocimiento de los trámites a seguir para recuperar el dinero pendiente de cobrar, el procedimiento para recuperar la posesión y las llaves del inmueble y el coste que este nos supondrá, son los aspectos que más preocupan a los propietarios.

¿Hay que esperar algún plazo específico para iniciar un procedimiento de reclamación de alquiler o de desahucio, si fuera el caso?

Ante el impago de una sola mensualidad ya podemos iniciar los trámites; sin embargo, es bastante habitual que los propietarios den el beneficio de la duda y esperen un par de meses con la esperanza de «a ver si pagan».

Se pueden acumular las reclamaciones del alquiler que nos deben y de desahucio para recuperar las claves del inmueble?

Sí. Actualmente en un mismo procedimiento podemos hacer las dos cosas, reclamar las mensualidades debidas e iniciar los tramites por desahucio.

¿Cómo funciona el procedimiento?

Si bien es cierto que con la última reforma del desahucio exprés se ha avanzado mucho en los trámites judiciales éstos siguen sin ser todo lo rápido que quisiéramos.

El primer paso a seguir es la interposición de la demanda a partir de la cual el inquilino dispone de 10 días para pagar, oponerse o no decir nada. Con el mismo requerimiento el juzgado señalará un día para realizar el desahucio o lanzamiento judicial. Si el inquilino se opone a la demanda, el juez fijará un día de juicio para escuchar los motivos por los que este se opone a pagar y a marchar del inmueble. Lo más frecuente en estos juicios es argumentar que se ha pagado la deuda ya que el resto de motivos suelen ser desestimados.

Finalmente se realiza el desahucio del inmueble, siempre que sea posible, respetando la fecha fijada con la admisión de la demanda.

¿Una vez iniciada la demanda, el inquilino puede continuar quedándose en el piso? ¿Lo podemos evitar?

Si es la primera reclamación que le hacemos, sea judicial o extrajudicial y paga con el requerimiento, el inquilino tiene derecho de quedarse en el inmueble. Esto se conoce con el nombre de enervación del desahucio.

Si lo que queremos es evitar o asegurarnos de que el inquilino no continúe ocupando el inmueble tendremos que hacer una reclamación extrajudicial antes de la demanda. Normalmente, enviamos un burofax y debemos esperar un mes para ver si paga o dice algo.

¿Y si el piso está destrozado?

En ocasiones, cuando llegamos al desahucio nos encontramos con la vivienda o local en pésimas condiciones. Ante esta situación, los propietarios tienen el derecho a reclamar los daños ocasionados a su propiedad. El acta que hace el Juzgado durante el desahucio, nos servirá como prueba para demostrar los daños e iniciar la reclamación.

¿Y si el inquilino llama al propietario diciendo que quiere irse del piso o que ya se ha ido y ha dejado las llaves en el buzón, qué podemos hacer?

Para evitar futuros problemas es importante contar con algún tipo de documento de entrega de llaves o de resolución de contrato (en Prats Advocats podemos encargarnos de estos trámites). Evitaremos problemas como denuncias a los mossos por cambio de cerradura, coacciones, etc. Piense que todavía hay gente con muy mala fe.

¿Y si los contratos de luz y suministros están a nombre del propietario, los podemos dar de baja? ¿Podemos cambiar la cerradura del piso?

Como consejo para los propietarios, nosotros siempre recomiendan que todos los suministros estén a nombre del inquilino. Nos evitaremos dolores de cabeza y gastos innecesarios.Dicho esto, ante un impago del alquiler es importante no pensar en cortar los suministros, ni tampoco cambiar la cerradura del piso. Estos hechos son coacciones penales y pueden ocasionar os graves problemas.

¿Y los costes del procedimiento?

Nuestro despacho le hará un presupuesto muy ajustado, cerrado y sin sorpresas. El coste final, dependerá, en gran parte, del importe pendiente de liquidación y de la cantidad que el inquilino pagaba mensualmente. Hoy en día tenemos la suerte de que si el propietario es una persona (y no una sociedad) no será necesario pagar la tasa judicial.

En Prats Advocats somos especialistas en desahucios, resolución de contratos de alquiler y en asesoramiento al propietario. Buscaremos la mejor solución para su tranquilidad, y nos encargaremos de todos los trámites con agilidad y sin sorpresas.

Artículo publicado en la revista Més salut

 

Prats Advocats
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