¿Víctima de un accidente de tráfico?
14 Jun, 2023

Si ha sido víctima de un accidente de tráfico, el asesoramiento legal de un abogado/a es la mejor opción a la hora de defender sus intereses ante las compañías de seguros. Esta noche nuestra abogada Lorena Torres nos explicará el porqué en el programa A Diari de Lleida TV.

¿Qué pueden hacer en caso de accidente de tráfico? Principales pasos y consejos a tener en cuenta por parte de las víctimas

Desgraciadamente los accidentes de tráfico son una lacra, en muchas ocasiones, con graves consecuencias físicas, psíquicas, económicas y materiales para las personas que las padecen (o provocan) En este sentido, si ha sido víctima de un accidente de tráfico, el primer paso es velar por su salud y correcta recuperación; sin embargo, en paralelo el mejor consejo es contar con un asesoramiento legal externo a la propia compañía de seguros para que defienda y represente debidamente sus derechos e intereses y nos ayude con todos los trámites trámites que hay que seguir y conocer la importancia de los mismos .

Hay que tener en cuenta que, en primera instancia, a la hora de hablar con las compañías de seguros la víctima del accidente suele partir en una situación de desventajosa y que los primeros días después del accidente son claves para en la gestión del siniestro. Por esta razón, resulta muy oportuno contar, desde un inicio, con un abogado/a especialista en accidentes de tráfico para conocer correctamente los pasos a seguir, los derechos que como víctima tiene el accidentado, importes que se pueden reclamar, etc.

Primeros pasos a seguir frente a un accidente de tráfico

1.- Momentos iniciales después del accidente

  • No mover el vehículo del lugar del accidente
  • Señalizar correctamente el accidente
  • Llamar a la policía
  • Tramitar un parte amistoso
  • Pedir datos a testigos que han presenciado el accidente
  • Hacer fotografías del escenario
  • Llamar a la ambulancia en caso de sufrir lesiones
  • En caso de no sufrir lesiones inminentes en el momento del accidente pero si a posteriori, es necesario acudir al médico dentro de las primeras 72 horas

2.- Una vez pasado el momento inicial del accidente, ¿qué hacer?

  • Comunicar el siniestro a la compañía aseguradora
  • Realizar una visita a la compañía asegurada, acompañado de un abogado externo de la compañía, para designarle como tal ante la misma. Aunque puede parecer irrelevante, consultar a un abogado especializado en la materia desde el mismo momento inicial del accidente es muy importante ya que, sin su asesoramiento, existen determinados conceptos a reclamar que se pueden perder por el camino por el propio desconocimiento , falta de experiencia…
  • Iniciar el proceso curativo y de rehabilitación del lesionado. En función de la gravedad de las lesiones que presente el lesionado, el período hasta la estabilización puede variar mucho: No es lo mismo un problema cervical, que en unos dos meses ya se ha estabilizado, que una persona que haya sufrido traumatismos en la cabeza o en otras partes del cuerpo que requiere intervenciones quirúrgicas, etc.
  • El proceso curativo o de rehabilitación debe iniciarse lo antes posible ya que si pasan días sin ningún tipo de tratamiento o asistencia médica, la compañía puede alegar falta de nexo causal y negarse a indemnizar.

3.- ¿Quién paga los gastos de rehabilitación?

  • La opción más habitual es recibir tratamiento en algunos centros concertados con las compañías aseguradoras, asumiendo la compañía los gastos derivados del tratamiento.
  • ¿Si no puedo conducir ni desplazarme por mis medios al centro de rehabilitación, lo cubre la compañía? Sí. En caso de vivir en una localidad donde no hay centro y tener que realizar desplazamientos o no poder conducir y necesitar un taxi o bus, hay que guardar los tiques ya que se pueden reclamar a la aseguradora como parte de la indemnización.

4.- ¿Pueden reclamar los acompañantes del conductor?

  • Sí. Cualquiera de los acompañantes puede reclamar una indemnización, incluso cuando la culpa del accidente es del conductor del vehículo.

5.- ¿Puedo reclamar si he sufrido un accidente como peatón, sin ir dentro de un vehículo?

  • También. Si se ha sido víctima de un atropello, también puede reclamarlo. En estos casos, deberá determinarse que la responsabilidad no sea del peatón. Es decir, si el peatón cruzaba por un lugar adecuado como un paso de cebra o si fue atropellado en un lugar no habilitado por la circulación de vehículos, si tendrá derecho a ser indemnizado.
  • Si por ejemplo el peatón estuviera cruzando por un sitio no habilitado pero se puede demostrar que el conductor del vehículo iba a una velocidad superior a la permitida o con el móvil en la mano, entonces habría que establecer un porcentaje de concurrencia de culpas entre las partes implicadas de forma que el peatón podría reclamar un porcentaje de la indemnización que le correspondiera.

6.- ¿Y si el coche con el que he sufrido el accidente se da a la fuga o no tiene seguro, cómo reclamo?

  • Siempre es importante intentar tomar una foto de la matrícula del vehículo contrario o intentar anotarla. Si por lo que sea no da tiempo y el coche se da a la fuga o bien acaba descubriéndose que no tiene seguro, también se puede reclamar. En estos casos, es importante anotar todos los datos que puedan identificar en el vehículo: Tales como la marca, modelo, color, etc. Y llamar rápidamente a la policía. Si hay testigos, también es interesante poder contar con su declaración de cara a confirmar que se produjo un accidente y el causante se dio a la fuga.
  • Una vez se llama a la policía, es necesario seguir los mismos pasos que un accidente normal: Ir al médico, comunicarlo a la compañía, etc. Con la única diferencia de que, si no se acaba descubriendo al conductor, será necesario reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros.
  • El consorcio de compensación de seguros es un organismo público que actúa como fondo de garantía en determinados supuestos, entre ellos, en los casos en los que no se puede identificar al conductor.

7.- ¿Si me atropella un patinete o una bici que debo hacer? ¿Y si no tiene seguro?

  • En estos casos, es vital identificar al conductor y solicitar sus datos personales. Si se niega a dar datos, intentar tomar fotos o vídeos del accidente y, en todo caso, llamar a la policía, buscar testimonios de los hechos y también acudir al médico. En cuanto al seguro, aunque últimamente algunas compañías si hacen seguros por patinetes, podemos encontrar que el conductor no tenga ninguno. Entonces será importante mirar si tiene alguna póliza de vivienda o de otro tipo que pueda cubrir los daños y, de no ser así, el responsable tendrá que responder con su patrimonio, lo que puede complicar mucho el cobro cuando la persona responsable es insolvente.

8.- Una vez terminada la rehabilitación y me dan el alta, ¿qué pasos se deben seguir?

  • Es necesario llevar toda la documentación médica, tickets de gastos, etc. al abogado/ay ellos se encargarán de calcular la indemnización.
  • No es recomendable que la reclamación de la indemnización la haga el tramitador o abogado que la compañía pone a su disposición, ya que, como es natural, tienen interés en abonar el mínimo y, por tanto, para garantizar la máxima indemnización, es recomendable acudir a un abogado externo a la compañía.
  • El abogado externo realiza un cálculo de la indemnización total y efectúa reclamación a la compañía.
  • En caso de que la compañía no quiera pagar todo lo que se reclama, se iniciará un período de negociaciones. Si durante este período de negociaciones no se llega a ningún entendimiento, se puede acudir al forense, a fin de que realice un informe donde determine exactamente el número de secuelas o conceptos que se discutan, o se puede optar también por contratar a un perito privado y terminar presentando demanda.
  • Siempre se intenta llegar a un buen acuerdo con la compañía para evitar ir a juicio pues, por la vía judicial, siempre se acaba tardando más en cobrar y muchas veces las familias, donde el lesionado ha tenido que estar de baja o ha perdido el trabajo, se ven necesitadas de cobrar la indemnización con la mayor celeridad posible.

En Prats Advocats contamos con una larga experiencia en la tramitación de este tipo de casos

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